Nuevo sistema de Formación Contínua para trabajadores, una oportunidad para todos
22/03/2004 | Fuente: http://www.portalformativo.com
| Autor: Martín Varela
El Boletín Oficial del Estado de 1 de marzo ha publicado una Orden Ministerial que desarrolla el Real Decreto por el que se regula el Subsistema de Formación Continua. Dicha Orden, entrará en vigor a partir del 2 de marzo, refiriéndose a la financiación pública de las acciones de formación continua en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación.
Por tanto, todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores dispondrán de un crédito para la formación que se hará efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. Además, las acciones formativas que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2004, serán bonificadas. El presupuesto en bonificaciones para el año 2004 es de 701,4 millones de euros. Prevé el Gobierno en funciones que, de ser utilizada en su totalidad dicha cantidad, podrían formarse 2.000.000 de trabajadores.
Este nuevo modelo de financiación se ha diseñando con la idea de ofrecer a las empresas seguridad jurídica y transparencia sobre las ayudas públicas. En concreto, de lo que se tarta es de poder conocer desde el primer día del año el crédito del que disponen para la formación de sus trabajadores. Con la puesta en marcha de esta iniciativa el modelo de gestión se espera que sea más ágil y transparente, lo que permitirá a las empresas planificar y realizar la formación cuando la necesiten, y facilitará el acceso de las PYMES a la formación continua.
Las acciones formativas son aquellas que están relacionadas con el objeto social o la actividad de la empresa. También se considera formación continua cualquier acción de carácter general, dirigida a proporcionar competencias profesionales transferibles a otras empresas. Se trata, por tanto, de formar a los trabajadores en lo que más necesiten. Asimismo, el objetivo es que cada empresa, sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación pueda elegir qué formación quiere hacer, con qué contenidos, cómo y cuándo la hace, y si la presta de forma directa o en centros especializados. Estas acciones, además, incluyen el permiso que una empresa podrá conceder a un trabajador para recibir, en horario de trabajo, una formación que mejore su capacitación personal y profesional.
Todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de formación profesional, tienen derecho a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuantía que podrá deducirse o "crédito de formación continua", resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de la empresa. Así, la bonificación será mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa. Para las empresas de 1 a 5 trabajadores en lugar de porcentaje se garantiza un crédito de bonificación por empresa.
En el año 2004 los porcentajes de bonificaciones son los siguientes:
Empresas de 6 a 9 trabajadores 90%
De 10 a 49 trabajadores 65%
De 50 a 249 trabajadores 52,5%
De 250 o más trabajadores 42,5%
Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito de formación de 350 euros (para las empresas de 1 y 2 trabajadores, dicho crédito se asigna para un periodo de tres y dos años, respectivamente, a contar desde el 1 de enero de 2004, para las de 3 a 5 trabajadores, el crédito será anual.
Las empresas pueden agruparse para organizar y gestionar de forma conjunta la formación de los trabajadores. Además, una de ellas puede ser la encargada de organizar la formación o bien se pude recurrir a una entidad encargada de impartir formación.
Este nuevo sistema abre enormemente las puertas de la formación tanto a a centros de formación, com a los propios trabajdores y empresas que tendrán libertad para esoger los cursos que mejor se adaptena a sus necesidades, eliminando por otra parte las mafias que había establecidas en el antiguo sistemas de FORCEM, al obligar con el sistema de créditos a la adecuación del precio de los cursos al mercado y permitir a entrar a formar parte del sistema y impartir formación a cualquier centro de formación, sin necesidad de pasar por los sindicatos u organizaciones empresariales.
Por tanto, todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores dispondrán de un crédito para la formación que se hará efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. Además, las acciones formativas que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2004, serán bonificadas. El presupuesto en bonificaciones para el año 2004 es de 701,4 millones de euros. Prevé el Gobierno en funciones que, de ser utilizada en su totalidad dicha cantidad, podrían formarse 2.000.000 de trabajadores.
Este nuevo modelo de financiación se ha diseñando con la idea de ofrecer a las empresas seguridad jurídica y transparencia sobre las ayudas públicas. En concreto, de lo que se tarta es de poder conocer desde el primer día del año el crédito del que disponen para la formación de sus trabajadores. Con la puesta en marcha de esta iniciativa el modelo de gestión se espera que sea más ágil y transparente, lo que permitirá a las empresas planificar y realizar la formación cuando la necesiten, y facilitará el acceso de las PYMES a la formación continua.
Las acciones formativas son aquellas que están relacionadas con el objeto social o la actividad de la empresa. También se considera formación continua cualquier acción de carácter general, dirigida a proporcionar competencias profesionales transferibles a otras empresas. Se trata, por tanto, de formar a los trabajadores en lo que más necesiten. Asimismo, el objetivo es que cada empresa, sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación pueda elegir qué formación quiere hacer, con qué contenidos, cómo y cuándo la hace, y si la presta de forma directa o en centros especializados. Estas acciones, además, incluyen el permiso que una empresa podrá conceder a un trabajador para recibir, en horario de trabajo, una formación que mejore su capacitación personal y profesional.
Todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por la contingencia de formación profesional, tienen derecho a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuantía que podrá deducirse o "crédito de formación continua", resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en función del tamaño de la empresa. Así, la bonificación será mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa. Para las empresas de 1 a 5 trabajadores en lugar de porcentaje se garantiza un crédito de bonificación por empresa.
En el año 2004 los porcentajes de bonificaciones son los siguientes:
Las empresas pueden agruparse para organizar y gestionar de forma conjunta la formación de los trabajadores. Además, una de ellas puede ser la encargada de organizar la formación o bien se pude recurrir a una entidad encargada de impartir formación.
Este nuevo sistema abre enormemente las puertas de la formación tanto a a centros de formación, com a los propios trabajdores y empresas que tendrán libertad para esoger los cursos que mejor se adaptena a sus necesidades, eliminando por otra parte las mafias que había establecidas en el antiguo sistemas de FORCEM, al obligar con el sistema de créditos a la adecuación del precio de los cursos al mercado y permitir a entrar a formar parte del sistema y impartir formación a cualquier centro de formación, sin necesidad de pasar por los sindicatos u organizaciones empresariales.
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